La autonomía universitaria

¿Gozan de autonomía las universidades ecuatorianas? ¿Puede haber autonomía universitaria sin cogobierno?

René Ramírez, Presidente del Consejo de Educación Superior (CES) y máxima autoridad de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), afirma que “ Haciendo el simil con el individuo, si se sostiene que “pienso luego existo”, y no puede haber existencia sin libertad, entonces no es posible la libertad sin pensamiento crítico propio. Con esta lógica podemos señalar que no puede haber autonomía universitaria sino existe generación de pensamiento nuevo, pertinente y sistemático al interior de cada institución de educación superior. Este es quizás uno de los principales retos que tiene la universidad ecuatoriana: no solo transmitir conocimiento sino tener un pensamiento crítico-reflexivo, generador de conocimiento autónomo y responsable frente a los intereses comunes que tenemos como sociedad, región y mundo.”

Según el art. 355 de la Constitución de la República, vigente en el Ecuador, “El Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen
de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución.

Se reconoce a las universidades y escuelas politécnicas el derecho a la autonomía, ejercida y comprendida de manera solidaria y responsable. Dicha autonomía garantiza el ejercicio de la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad, sin restricciones; el gobierno y gestión de sí mismas, en consonancia con los principios de alternancia, transparencia y los derechos políticos; y la producción de ciencia, tecnología, cultura y arte.

Sus recintos universitarios son inviolables, no podrán ser allanados sino en los casos y términos en que pueda serlo el domicilio de una persona. La garantía del orden interno será competencia y responsabilidad de sus autoridades. Cuando se necesite el resguardo de la fuerza pública, la máxima autoridad de la entidad solicitará la asistencia pertinente.

La autonomía no exime a las instituciones del sistema de ser fiscalizadas, de la responsabilidad social, rendición de cuentas y participación en la planificación nacional.

La Función Ejecutiva no podrá privar de sus rentas o asignaciones presupuestarias, o retardar las transferencias a ninguna institución del sistema, ni clausurarlas o reorganizarlas de forma total o parcial.”

Muchos tratadistas expresan que la autonomía no significa extraterritorialidad ni que las leyes y Poderes nacionales no tengan atribuciones al interior del espacio universitario. La universidad no es ni puede ser un Estado dentro del Estado; incluso afirman lo contraproducente de una situación de ese tipo. El Estado, dentro de las atribuciones que le son propias y legítimas y sin menoscabo de la autonomía universitaria, no tiene limitaciones al interior de las universidades o de otras instituciones de educación superior, pues lo contrario sería aceptar que la universidad está al margen del estado de derecho y que dentro de ella cualquiera puede hacer y deshacer sin atenerse a las leyes y con absoluta impunidad.

Otros estudiosos del tema consideran que la autonomía universitaria es aquella propiedad esencial de los centros más elevados del saber, que les permite a los mismos no ser controlados, dirigidos o interferidos, en la realización de sus actividades académicas, por intereses distintos de la búsqueda objetiva de la verdad, en el caso del investigador, o del interés y motivación intelectuales en el caso del creador artístico-literario.

La autonomía universitaria, afirman, permite que la actividad creadora intelectual, en cualquiera de sus formas, se desarrolle sin limitaciones ni prejuicios, sin interferencia de intereses extraños que la distorsionen o mediaticen y sin ningún tipo de temor ante las consecuencias sociales, científicas o políticas que la misma pudiera desencadenar.

Luis Fuenmayor Toro en “Hacia la excelencia académica universitaria”, anota que la autonomía universitaria posibilita el desarrollo de la actividad académica dentro del más amplio clima de libertad, siempre en función del progreso y la transformación positiva de la sociedad, del cultivo de los valores culturales nacionales, del proceso de autodeterminación de los pueblos, del desarrollo integral del ser humano, de la defensa del ambiente y la naturaleza y la cooperación justa y equitativa entre todas las naciones del mundo.

¿Cuál es la realidad de la autonomía universitaria en el Ecuador? ¿Qué autonomía? ¿Qué sociedad queremos?

Esperamos respuestas y análisis de alto nivel. “ Urge construir una autonomía emancipada que cimiente una universidad que sea germen de una democracia emancipada y emancipadora”, afirma René Ramírez en ‘Universidad urgente para una sociedad emancipada’, libro que fue presentado esta semana en el Auditorio del CIESPAL y que examina lo realizado en política universitaria en el marco de los nueve años de Revolución Ciudadana, apuntando los antecedentes y evaluando los avances conseguidos, lo que falta por hacer y los retos que enfrenta el sistema de educación superior para disputar la construcción de un nuevo orden social: una democracia emancipada.

EcuadorUniversitario.Com

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