En un comunicado bajo el epígrafe “Violencia y sectarismo son negación de la Universidad”, suscrito por Ximena Díaz Reinoso PhD., Agustín Grijalva Jiménez PhD., Germán Rojas Idrovo PhD. y Rocío Rueda Novova PhD., miembros del Consejo de Educación Superior del Ecuador, elegidos mediante concurso de méritos y oposición, denuncian “los graves riesgos de manipulación político-partidista a que se ven sujetas actualmente las universidades, escuelas politécnicas e institutos técnicos y tecnológicos superiores del país”.
Declaran, entre otras cosas al país: “ Reiteramos la responsabilidad social y la solidaridad que la Constitución del Ecuador exige en el ejercicio de la autonomía de las instituciones integrantes del Sistema de Educación Superior, base a su vez de su ineludible pero específica responsabilidad política. En tal sentido, las universidades solo son tales en cuanto constituyen espacios de debate plural de alto nivel académico, en la búsqueda de las mejores soluciones a los más graves problemas del país, incluyendo los de la actual coyuntura política”.
En el párrafo final del comunicado que tiene 6 puntos concretos, expresan: ”No hay generación de nuevo conocimiento sin autonomía universitaria responsable, y no hay autonomía universitaria sin democracia en la universidad y en torno a la universidad, sin una institucionalidad pública consistente y un auténtico diálogo entre sectores realmente diversos para coadyuvar en la solución de sus problemas. El Conocimiento, como la justicia, solo florece en medio de la libertad”.
De todas las tareas de la gobernabilidad universitaria, la que es fundamental es la de asegurar la autonomía efectiva. La habilidad de resistir la intromisión de grupos políticos o intereses de facciones, frente a la oportunidad y obligación de mantener la operación de la universidad son esenciales para la integridad de la institución.
La autonomía universitaria no nace de su formulación jurídica, ni se reduce a su consagración por la constitución y las leyes correspondientes. Éstas no generan ni constituyen la autonomía, ni garantizan su perpetuación indefinida; las premisas reales de la autonomía preceden y posibilitan su institucionalización y su legalidad. Tales premisas contemplan un conglomerado de fuerzas, estructuras y procesos socioculturales y políticos. Esta relación implica y exige del Estado y de la universidad el reconocimiento y respeto mutuos de sus respectivas autoridades y esferas prexistentes a la declaración de su autonomía.
El nivel formal de la normatividad jurídica no agota ni explica, más que parcialmente, la autonomía universitaria. Desde la óptica del Estado, el término significa una descentralización administrativa generada por un proceso de desarrollo y por el incremento de servicios y la complejidad de los mismos que requiere de instancias especializadas para su atención. Así la Universidad sería un organismo típico de la descentralización, su autonomía consiste, entonces, en la capacidad de dictar sus propias normas para su funcionamiento interno de conformidad con sus fines específicos.
Éste es en términos prácticos y contundentes el valor y sentido de la autonomía universitaria.