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Resoluciones del COE Nacional sobre teletrabajo y retorno a clases semipresenciales

El COE Nacional, en sesión permanente del domingo 28 de febrero de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1. Teletrabajo
Se extiende la vigencia de la modalidad de teletrabajo en las instituciones de la Función Ejecutiva y desconcentrado hasta el 14 de marzo de 2021, en todas aquellas actividades cuya naturaleza así lo permita y será responsabilidad de las máximas autoridades de cada institución asegurar la atención y prestación de servicios públicos con el objeto de evitar inconvenientes a la ciudadanía.La fecha de retorno y vigencia de esta medida estará supeditada a la evaluación que la plenaria del COE Nacional realice sobre la base de la situación epidemiológica y de la capacidad hospitalaria, esta disposición se analizará e informará el 14 de marzo de 2021.Asimismo, se exhorta a las autoridades de las demás funciones del Estado y del sector privado, acoger esta disposición.

2. Docentes
Las autoridades de las unidades educativas y docentes a nivel nacional, deberán acatar esta disposición y se acogerán a la modalidad de teletrabajo, no podrán retornar a las instalaciones educativas, hasta el 14 de marzo de 2021; excepto en aquellos casos en los que las Unidades Educativas tengan plenamente aprobados por el COE Nacionalsus planes institucionales de continuidad educativa (PICE) con anterioridad.

Esta disposición se emite con el objetivo de salvaguardar la salud y vida de toda la comunidad educativa.

3. Retorno Progresivo a Clases Presenciales
Se levanta la suspensión emitida a 77 Instituciones Educativas cuyos pilotajes se encontraban suspendidos, los mismos podrán retomar clases semipresenciales a partir del martes 02 de marzo 2021, en estricto apego a los protocolos de bioseguridad, planes presentados y aprobados por la autoridad en materia de educación y salud.

Los representantes legales de los y las estudiantes decidirán de forma voluntaria el retorno presencial o no a las instalaciones educativas.

Se encarga a la comisión interinstitucional conformado por Ministerio de Educación y Ministerio de Salud Pública el seguimiento y Monitoreo de la implementación de los Planes Institucionales de continuidad educativa e informará de manera mensual al Comité de Operaciones de Emergencia Nacional.

El Ministerio de Educación en el marco de sus competencias y bajo los principios de voluntariedad, alternancia y concertación, aprobará los planes institucionales de continuidad educativa (PICE) y autorizará el uso progresivo de las instalaciones educativas en coordinación con el Ministerio de Salud, cumpliendo con los protocolos de autocuidado e higiene del sistema educativo y de acuerdo con la situación epidemiológica a nivel de cantón.

4. Educación Superior
Se mantienen suspendidas temporalmente las autorizaciones emitidas a las solicitudes presentadas por las instituciones de Educación Superior, para el retorno progresivo a las actividades académicas hasta el jueves
04 de marzo de 2021.

La fecha de retorno y vigencia de esta medida estará supeditada a la evaluación que la plenaria del COE Nacional realice sobre la base de la situación epidemiológica y de la capacidad hospitalaria, esta disposición se analizará e informará oportunamente.

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COE Nacional suspende todos los planes piloto de clases presenciales en escuelas, colegios y centros de educación superior

Este lunes 4 de enero del 2021 el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional informó que todos los planes piloto de clases presenciales en escuelas, colegios y centros de educación superior han sido suspendidos en Ecuador debido al avance de la pandemia del covid-19.

Juan Zapata, titular del COE Nacional, precisó en rueda de prensa que el organismo sigue activo debido a la emergencia sanitaria, después de la finalización del estado de excepción, y que está facultado para disponer acciones en ámbitos como educación, salud, trabajo, control de fronteras, aeropuertos y seguridad.

En el marco de estas competencias, de acuerdo con la resolución del COE Nacional del 3 de enero del 2021, Zapata anunció que «quedan suspendidas las clases presenciales. Todos los pilotajes que se establecieron», tanto en 15 universidades, como en 283 escuelas y colegios, «quedan suspendidos hasta el 18 de enero». Las actividades educativas continuarán de forma virtual.

Zapata destacó que la resolución no significa que el 18 de enero las clases en esos centros se retomarán de forma presencial; eso dependerá de los datos epidemiológicos, caso contrario, ese inicio se tendrá que postergar.

Dijo que las únicas tareas que salen del espectro de gestión del COE Nacional son el control de la movilidad y del espacio público, competencia de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) para evitar aglomeraciones.

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Resoluciones COE Nacional adoptadas el domingo 03 de enero de 2021

El COE Nacional, en sesión permanente del domingo 03 de enero de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

Al emitirse el Dictamen Constitucional Nro. 7-20-EE/20, se dejan sin efecto las medidas de toque de queda y las restricciones de circulación vehicular, a excepción de los GAD que tienen la competencia para el efecto.En estricta observancia al artículo Nro. 226 de la Constitución de la República, para efectos del desarrollo e implementación de medidas de prevención y control para contener el contagio masivo de la COVID-19 en el Ecuador, los organismos e instituciones del Estado Central y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, en ejercicio de sus atribuciones, deberán desarrollar e implementar normativas y políticas públicas que se adecúen al régimen ordinario para enfrentar la crisis sanitaria, de forma coordinada.1. A las autoridades estatales rectoras en materia de: Salud, Educación, Tránsito, Transporte, Seguridad, Turismo Y Trabajo, de acuerdo a su competencia, deberán:

  • Continuar con la aplicación de las medidas de prevención (uso de mascarilla, aforo, distanciamiento social, bioseguridad), en todos los ámbitos relacionados las instituciones antes mencionadas.
  • Asegurar el acceso a la atención intrahospitalaria y extrahospitalaria de pacientes con sospecha o confirmación de la COVID-19.
  • Disponer la limitación del expendio de bebidas alcohólicas y de moderación, bajo el ordenamiento jurídico vigente, coordinando con los GAD la aplicación de medidas referentes al consumo de estas bebidas en espacios públicos, si la situación de la crisis sanitaria amerita.
  • Emitir la reglamentación pertinente para garantizar la salud y educación de los niños, niñas, adolescentes y educación superior, estableciendo diversas modalidades de educación para garantizar su acceso.
  • Emitir, modificar y regular la libre movilidad sobre el transporte interprovincial, intraprovincial e intracantonal, según el régimen ordinario.

2. A todos los organismos e instituciones del Estado, garantizar el derecho al acceso a los bienes y servicios públicos, considerar disposiciones que no sobrepasen el aforo de lugares cerrados; se deberá establecer mecanismos telemáticos para la atención a la ciudadanía. En tal sentido, se debe emprender una política pública que vaya dirigida a la atención ciudadana por medio de portales digitales, proporcionar y difundir por los canales más adecuados la información necesaria para que la ciudadanía conozca sobre la pandemia, sus efectos, las medidas extraordinarias y cualquier dato de interés público relacionado.

3. A la Asociación de Municipalidades del Ecuador, se recomienda instar a 221 COE cantonales y metropolitano, para que, a través de las respectivas ordenanzas, regulen, autoricen, controlen y demás efectos que correspondan:

  • Mantener una estricta revisión de la evolución de los datos epidemiológicos en cada cantón.
  • Revisar e implementar medidas de control en los puntos de mayor actividad comercial y que constituyan zonas de riesgo, con el fin de generar la planificación local estratégica que impida la aglomeración.
  • Realizar las sesiones de trabajo necesarias con diversos actores sociales del cantón para establecer y socializar las estrategias de contención de riesgo en los locales donde se expenda y consuman bebidas alcohólicas, incluso con la imposición de resoluciones y ordenanzas mucho más coercitivas, en el ámbito de sus competencias constitucionales y legales.
  • Mantener restringidos los lugares que conlleven a aglomeraciones e incumplimiento de las medidas de bioseguridad, cuya competencia atañe al Ministerio de Gobierno y Ministerio de Turismo. Acuerdo Ministerial 069 y 0010 (bares, discotecas, centros de tolerancia).
  • Las medidas de bioseguridad y distanciamiento social en espacios públicos, espectáculos públicos y uso de playas (en uso de sus atribuciones pueden imponer sanciones a quienes incumplan dichas medidas).
  • En los casos de las regulaciones de apertura de bares, discotecas, centros de diversión y toda actividad que no garantice el distanciamiento social, en coordinación con el Ministerio de Gobierno y Ministerio de Turismo.
  • El consumo de bebidas alcohólicas en lugares autorizados, conforme dictamine el Ministerio de Gobierno a través de cada una de las intendencias.

4. A fin de mantener las acciones que han permitido reducir el impacto de la pandemia, el COE Nacional, presenta los lineamientos específicos que cada autoridad debe tomar en consideración al momento de expedir los instrumentos legales y de política pública pertinentes.

4.1 Requisito de pruebas RT-PCR para el ingreso al país:  

El Ministerio de Salud en el ámbito de sus competencias, emitirá la normativa que regule y controle el ingreso de personas al país, por cualquier de los puntos de entrada (aéreo, terrestre o marítimo).

4.2 Sistema educativo nacional:

Se mantendrán suspendidas las clases de manera presencial, se continuará con clases bajo la modalidad virtual – remota, cumpliendo con el Plan Educativo COVID-19. Se mantiene la autorización de planes piloto realizada por el COE Nacional, se podrán incorporar nuevas instituciones y nuevas modalidades en ese piloto, el retorno a clases será opcional, las instituciones educativas deben garantizar también modalidades de educación virtual.

Las autorizaciones para implementar los pilotajes de clases presenciales darán inicio el 18 de enero y dependerán de la evolución de la pandemia en el país.

El retorno de docentes a las unidades educativas se desarrollará a partir del 18 de enero de 2021, bajo los lineamientos de alternancia que emita la Autoridad Educativa Nacional, y dependerá de la evolución de la pandemia en el país, mientras tanto, deberán desarrollar sus actividades bajo la modalidad de teletrabajo.

4.3 Educación superior:

Se permitirá el desarrollo e implementación de planes piloto para el retorno progresivo de actividades, para el efecto se deberá coordinar con el Consejo de Educación Superior y las Instituciones de Educación Superior, todo esto en el
marco de la autonomía responsable de las universidades y escuelas politécnicas.

Las autorizaciones para el retorno progresivo a actividades presenciales darán inicio el 18 de enero y dependerán de la evolución de la pandemia en el país.

4.4 Trabajo:

Se ratifica la disposición emitida mediante Resolución del COE Nacional de 22 de diciembre de 2020, se mantendrá el teletrabajo hasta el 18 de enero, de conformidad a las necesidades institucionalidades, en aquellas actividades cuya naturaleza así lo permita.

4.5 Comité de Operaciones de Emergencia Nacional: 

El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional y la estructura de la gestión de la crisis sanitaria se mantiene operativo, con la responsabilidad de continuar realizando actividades de coordinación, monitoreo, análisis y soporte, que aseguren una gestión adecuada para el control de la pandemia, debiendo generar alertas para la toma de  decisiones, a través de las Mesas Técnicas y Grupos de Trabajo.

4.6 Disposiciones de bioseguridad: 

Se mantienen las disposiciones de bioseguridad emitidas en los protocolos autorizados por el COE Nacional, se recomienda a la ciudadanía su aplicación conforme las normas del DISTANCIAMIENTO SOCIAL, USO DE MASCARILLA y LAVADO PERMANENTE DE MANOS.

4.7 Fronteras Terrestres y Puertos Marítimos:

El Ministerio de Relaciones Exteriores Movilidad Humana, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Defensa Nacional, serán las instituciones a cargo de emitir los lineamientos específicos al respecto, en los casos que amerite y excepcionalidades.

Las fronteras terrestres y puertos marítimos continúan cerrados de acuerdo a la Resolución del Gabinete Sectorial de Seguridad.

Únicamente se mantienen abiertos los Centros Nacional o Binacional de Atención en Frontera Rumichaca con Colombia y Huaquillas con Perú, respectivamente para actividades de comercio exterior e ingreso de ciudadanos
nacionales y extranjeros residentes conforme requisitos.

4.8 Espectáculos públicos:

Ninguna Intendencia General de Policía a nivel nacional otorgará permisos para este tipo de eventos, de existir un cambio en esta disposición será anunciado oportunamente.

4.9 Bares, Discotecas, Centros De Diversión y Centros de Tolerancia:

Corresponde la definición de aperturas a los GAD, debiendo previamente contar con el soporte del órgano de salud que desde el COE Cantonal oriente esta decisión; para las actividades de control se recomienda acoger el proceso de
apertura, horarios y aforo establecido en el Acuerdo interministerial No. 00010 del 18 de septiembre del 2020, suscrito por los Ministerios de Gobierno, Salud y Turismo; las actividades de control se coordinan entre los entes municipales, intendencias y comisarías a nivel nacional.

4.10 Vigencia de protocolos:

Todos los protocolos e instrumentos generados desde el COE Nacional se mantienen vigentes.

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Las clases presenciales se mantienen suspendidas y se mantiene el teletrabajo

El COE Nacional estableció nuevas resoluciones en respuesta a la Corte Constitucional (CC) que declaró al Estado de Excepción -dispuesto por el Ejecutivo- como inconstitucional. Este  domingo 3 de enero, en la tarde, a través de un enlace nacional, el Primer Mandatario, anunció que respeta la resolución del organismo constitucional, pero aclaró que la declaratoria del Estado de Excepción se realizó para precautelar la seguridad de los ciudadanos y así evitar el contagio de casos por covid-19.

Medidas en el sector educativo

El COE Nacional resolvió que se mantienen suspendidas las clases presenciales y continuará la modalidad virtual, en vigencia del Plan Educativo Covid-19, dispuesto por el Ministerio de Educación.

El organismo añadió que el retorno en el marco del plan piloto para las clases presenciales se mantiene para el próximo 18 de enero, pero esto dependerá «de la evolución de la pandemia  en el país».

Los docentes retornarán a las unidades educativas a partir del 18 de enero de 2021, siempre y cuando se cumpla lineamientos de alternancia que emita la Autoridad Educativa Nacional, y dependerá de la evolución de la pandemia en el país, «mientras tanto, deberán desarrollar sus actividades bajo la modalidad de teletrabajo».

Para el sistema de educación superior, «se permitirá el desarrollo e implementación de planes piloto para el retorno progresivo de actividades, para el efecto se deberá coordinar con el Consejo de Educación Superior y las Instituciones de Educación Superior, todo esto en el marco de la autonomía responsable de las universidades y escuelas politécnicas».

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Últimas Resoluciones del COE Nacional

El COE Nacional, en sesión permanente del martes 01 de septiembre de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1) Los parámetros de semaforización vigentes en el mes de agosto, regirán durante el mes de septiembre, mientras tenga vigencia el estado de excepción. Se dan por finalizadas las medidas especiales restrictivas para los cantones en amarillo de las siguientes provincias: Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe, con excepción de la prohibición del desarrollo de reuniones sociales.Se levantan adicionalmente las restricciones de aforos de 30% en restaurantes y centros comerciales en el Distrito Metropolitano de Quito, los cuales se incrementarán al 50%, de conformidad a los demás cantones con semáforo “amarillo”.La presente disposición estará vigente mientras dure el estado de excepción y, una vez que fenezca, el COE Nacional seguirá dirigiendo la emergencia en el marco de sus competencias y atribuciones, en coordinación con las instituciones del ejecutivo y los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

2) Autorizar bajo la figura de Plan Piloto la solicitud de reapertura progresiva de los balnearios públicos municipales Termas de la Virgen, Termas del Salado y Termas de Santa Ana, del Cantón Baños de Agua Santa; la misma, deberá efectuarse en estricto apego a las recomendaciones emitidas por la “Mesa Técnica de Trabajo 2 Salud” y el protocolo presentado para el efecto.

Se encarga al COE Cantonal como proponente de la iniciativa y al Ministerio de Turismo, emitir un informe en el término de 15 días sobre la implementación de
este plan piloto.

3) Aprobar el «Protocolo post-covid-19 para el retorno seguro a la competencia del tenis» presentado por la Federación Ecuatoriana de Tenis con el aval de la
Secretaría de Deporte.

4) Ante los hechos ocurridos el 29 de agosto en la parroquia del Centro Histórico de Quito, en la que resultaron agredidos miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Funcionarios Municipales, se acordó:

  • a. Condenar los actos de violencia suscitados en esta parroquia del Distrito Metropolitano de Quito, en la fecha indicada.
  • b. Solidarizarse con los miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Funcionarios Municipales, víctimas de estas agresiones e instar a las autoridades correspondientes, iniciar las acciones legales a fin de establecer sanciones en virtud del marco legal vigente.

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