El artículo 116 de la nueva Ley Orgánica de Educación Superior que está vigente en el Ecuador desde octubre del 2010 establece el Pricnipio de Integralidad. Sigue leyendo

El artículo 116 de la nueva Ley Orgánica de Educación Superior que está vigente en el Ecuador desde octubre del 2010 establece el Pricnipio de Integralidad. Sigue leyendo
La Ley Orgánica de Educación Superior vigente en el Ecuador desde octubre del 2008, establece que el principio de pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural. Sigue leyendo
El artículo 93 de la Ley Orgánica de Educación Superior vigente establece que el principio de la calidad consiste en la búsqueda constante y sistemática de la excelencia, la pertinencia, producción óptima, transmisión del conocimiento y desarrollo del pensamiento mediante la autocrítica, la crítica externa y el mejoramiento permanente. Sigue leyendo
El Art. 351 de la Constitución vigente expresa que “El sistema de educación superior se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, de autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global”. Sigue leyendo
El Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Superior, que entró en vigencia recientemente, contiene vacíos que crean incertidumbre entre los profesores, pues no permite conocer si los docentes que decidan jubilarse podrán acceder a la jubilación complementaria; tampoco dice qué pasará con aquellos que no obtengan su título de PhD luego de cumplido el plazo establecido en la Ley, y que no tienen título de maestría afín al área en que ejercerán la cátedra y que sin embargo han sido profesores principales por muchos años. Preocupa también el futuro de la ESFOT pues tanto la LOES como su Reglamento contienen disposiciones que hacen muy difícil que en la EPN se continúe formando tecnólogos, se expresa en el último “Informativo Politécnico”. Sigue leyendo
La sala de prensa de la SENESCYT dio a conocer que el reglamento interno del Consejo de Educación Superior (CES) ya cuenta con su reglamento interno, el mismo que ha sido aprobado con los votos a favor de todos sus miembros: académicos y delegados del gobierno. Sigue leyendo
De conformidad con la Constitución de la República del Ecuador y la nueva Ley de Educación Superior, el Estado garantiza el financiamiento de las instituciones públicas de educación superior, el que constará obligatoriamente en el Presupuesto General del Estado que se aprueba cada año. Sigue leyendo
De conformidad con el artículo 30 de la LOES, las universidades y escuelas politécnicas particulares que a la entrada de vigencia de la Constitución de la República del Ecuador recibían asignaciones y rentas del Estado, podrán continuar percibiéndolas en el futuro. Están obligadas a destinar dichos recursos al otorgamiento de becas de escolaridad e investigación a estudiantes matriculados en programas académicos de cualquier nivel, que por su origen socio económico, etnia, género, discapacidad o lugar de residencia, entre otros, tengan dificultad para acceder, mantenerse y terminar exitosamente su formación, desde el inicio de la carrera; así como también, becas de docencia e investigación para la obtención del título de cuarto nivel. Sigue leyendo
De conformidad con la Constitución de la República del Ecuador y la nueva Ley de Educación Superior, el Estado garantiza el financiamiento de las instituciones públicas de educación superior, el que constará obligatoriamente en el Presupuesto General del Estado que se aprueba cada año. Sigue leyendo
De conformidad con el artículo 194 de la LOES, los Comités Regionales Consultivos de Planificación de la Educación Superior serán órganos de consulta regional de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, de articulación con el trabajo desconcentrado de la Función Ejecutiva y de coordinación territorial con los actores de la educación superior que trabajen a escala regional y de los gobiernos regionales autónomos. Sigue leyendo