La Vigésima Disposición Transitoria de la Constitución de la República del Ecuador, señala que “en el plazo de cinco años, a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución, todas las instituciones de Educación Superior, así como sus carreras, programas y posgrados deberán ser evaluados y acreditados conforme a la Ley. En caso de no superar la evaluación y acreditación quedarán fuera del sistema de educación superior”. Sigue leyendo
