Las universidades del Grupo “E” no podían ofertar nuevos programas académicos

Después de la expedición de la LOES, las universidades y escuelas politécnicas de categoría “E” no podían ofertar nuevos programas académicos. Así lo establece la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Educación Superior vigente en el Ecuador desde el 12 de octubre del 2010.

Disposición Transitoria Tercera de la LOES

«En cumplimiento al Mandato Constituyente número 14, las instituciones de educación superior que se ubicaron en la categoría «E» por el informe del  CONEA, deberán ser evaluadas dentro de los 18 meses posteriores a la promulgación de esta Ley.

Mientras se cumple este plazo, dichas universidades y escuelas politécnicas no podrán ofertar nuevos programas académicos de grado ni realizar cursos de posgrado.

Las Universidades y Escuelas Politécnicas que no cumplieren los parámetros de calidad exigidos por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en esta evaluación, quedarán definitivamente suspendidas. Será obligación de la Asamblea Nacional expedir inmediatamente la Ley derogatoria de las leyes de creación de estas Universidades y Escuelas Politécnicas.

Se garantizan los derechos de los estudiantes de estas Universidades y Escuelas Politécnicas para que puedan continuar sus estudios regulares en otros centros de educación superior, rigiéndose por las normas propias de estas instituciones. Para el efecto, el Consejo de Educación Superior elaborará, coordinará y supervisará la ejecución de un plan de contingencia».

Fuente: LOES

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