Archivo de la categoría: CES

Atribuciones y deberes del Consejo de Educación Superior

El Consejo de Educación Superior (CES), con sede en la ciudad de Quito, es el organismo de derecho público con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana.

El Consejo de Educación Superior funciona en coordinación con el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) y no podrá conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulación ni por aquellos que tengan intereses en las áreas que vayan a ser reguladas.

Son atribuciones y deberes del Consejo de Educación Superior, en el ámbito de la Ley de Educación Superior (LOES):

. Aprobar el plan de desarrollo interno y proyecciones del Sistema de Educación Superior;

. Elaborar el informe favorable vinculante sobre la creación de universidades y escuelas politécnicas que tendrá como base los informes favorables y obligatorios del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Planificación, según los requisitos establecidos en la LOES;

. Proponer a la Asamblea Nacional la derogatoria de la Ley o Decreto Ley de creación de universidades y escuelas politécnicas, que tendrá como base los informes del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior;

. Proponer al Presidente de la República la derogatoria del decreto ejecutivo de creación de universidades y escuelas politécnicas, que tendrá como base el informe del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior;

. Proponer al Presidente de la República la denuncia del acuerdo o convenio de creación de instituciones de educación superior creadas por estos instrumentos legales, según las disposiciones de la LOES;

. Expedir, previo cumplimiento del trámite y requisitos previstos en la Constitución de la República del Ecuador y en la LOES, las resoluciones de creación y extinción de institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores;

. Aprobar la intervención de las universidades y escuelas politécnicas por alguna de las causales establecidas en la LOES;

. Aprobar la suspensión de las universidades y escuelas politécnicas, en base al informe emitido por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de Calidad de la Educación Superior por alguna de las causales establecidas en esta Ley, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 201;

.Aprobar la creación, suspensión o clausura de extensiones, unidades académicas o similares, así como de la creación de programas y carreras de universidades y escuelas politécnicas, y los programas en modalidad de estudios previstos en la LOES;

. Aprobar la creación de carreras y programas de grado y posgrado en las instituciones universitarias y politécnicas;

. Aprobar los estatutos de las instituciones de educación superior y sus reformas;

. Aprobar la normativa para la creación y funcionamiento de los institutos superiores técnicos,tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores;

. Aprobar al menos los siguientes reglamentos:

1.- De creación, intervención, suspensión y solicitud de derogatoria de Ley, decreto Ley, decreto ejecutivo, de universidades y escuelas politécnicas;
2.- De creación y extinción de los institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores;
3.- De régimen académico y títulos, y de régimen de posgrado; y de las modalidades de estudios: presencial, semipresencial, a distancia, en línea y otros;
4.- De Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior;
5.- Del Sistema de Evaluación Estudiantil; y,
6.- De doctorados.

. Aprobar la fórmula de distribución anual de las rentas o asignaciones del Estado a las instituciones de educación superior y de los incrementos si es que los hubiere, las que constarán en el Presupuesto General del Estado, de acuerdo a los lineamientos de la LOES;

. Ejecutar, previo informe del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, la suspensión de la entrega de fondos a las instituciones de educación superior, en la parte proporcional, cuando una o más carreras o programas no cumplan los estándares establecidos;

. Designar a sus delegados ante los organismos del Estado donde tenga representación, de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República;

. Imponer sanciones a las máximas autoridades de las instituciones del Sistema de Educación Superior, que transgredan la presente Ley y sus reglamentos, previo el trámite correspondiente;

. Informar anualmente a la sociedad ecuatoriana, a la Asamblea Nacional, al Presidente de la República, al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y al sobre el estado de la educación superior en el país;

. Elaborar y aprobar su presupuesto anual;

. Requerir a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación informes de carácter técnico, académico, jurídico y administrativo – financiero para sustentar sus resoluciones;

. Aprobar la normativa reglamentaria necesaria para el ejercicio de sus competencias;

. Monitorear el cumplimiento de los aspectos académicos y jurídicos de las Instituciones de Educación Superior; y,

. Las demás atribuciones que requiera para el ejercicio de sus funciones en el marco de la Constitución y la LOES.

EcuadorUniversitario.Com

CES aprueba norma técnica para la formación en especializaciones Médicas y Odontológicas

El Consejo de Educación Superior (CES) informa que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria del Pleno de dicho organismo, se aprobó la Norma Técnica para la Formación en Especializaciones Médicas y Odontológicas.

La Norma Técnica para la Formación en Especializaciones Médicas u Odontológicas entrará en vigencia desde su publicación en la Gaceta Oficial del Consejo de Educación Superior.

La norma se aplicará en todo el territorio nacional y regirá para todas las universidades y escuelas politécnicas que oferten programas de posgrado en especializaciones Médicas y Odontológicas.

Además, es de aplicación obligatoria en todas las actividades académicas que se realicen en los establecimientos de salud del Sistema Nacional de Salud (SNS). Así, esta norma técnica regulará el proceso formativo de los médicos y odontólogos que accedan a programas de especializaciones, con la finalidad de asegurar una formación académica y profesional avanzada de acuerdo a los ámbitos de diagnóstico, prevención, tratamiento y rehabilitación individual y colectiva, en base al conocimiento médico planteado para cada tipo de especialización y en relación a la implementación del Modelo de Atención Integral en Salud (MAIS) en el Sistema Nacional de Salud.

Según el Consejo de Educación Superior, “dicha norma contó con un proceso participativo interinstitucional, ha sido socializada con los actores de la formación superior en el campo de la salud, principales sociedades médicas científicas e incluye las observaciones, consideraciones y recomendaciones pertinentes definidas por los distintos actores del Sistema de Educación Superior del país y del Sistema Nacional de Salud”.

El CES, agrega que la regularización del funcionamiento de este tipo de especializaciones en el Ecuador, no sólo incrementará el acceso a especializaciones médicas y odontológicas de calidad en el país, sino que optimizará el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud y, por tanto, garantizará el derecho al acceso a la salud integral, fortaleciendo los preceptos del Plan Nacional del Buen Vivir reconocido en la Constitución de la República del Ecuador.

EcuadorUniversitario.Com

CES aprueba homologación de títulos para profesionales de hecho en especializaciones médicas

El Consejo de Educación Superior (CES), aprobó el miércoles 28 de marzo de 2017, de forma unánime, la normativa que regula los procesos de homologación para el registro de títulos de profesionales de hecho en especializaciones médicas. La medida favorece a aquellos profesionales que iniciaron su ejercicio profesional antes del 31 de octubre del 2000, fecha en que entró en vigencia la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES).

Una de las resoluciones ratifica el procedimiento de homologación para el registro de una especialización médica de hecho, en continuidad a procedimientos realizados al amparo de la Ley de Federación Médica y resoluciones específicas emitidas por el extinto CONESUP y el mismo Consejo de Educación Superior, CES. Esta resolución está dirigida a los profesionales médicos de tercer nivel que optan por una especialización de hecho, y que certifiquen los requisitos para la homologación hasta antes de la LOES del 2010.

La segunda resolución aprobada por el Pleno del CES permite el la homologación para el registro de una segunda especialización (especialización que requiere de una previa especialización médica afín a la primera), misma que está dirigida a aquellos profesionales médicos especialistas que poseen una especialización de derecho o de hecho (esta última obtenida al amparo de la Resolución RPC-016-No. 093-2012 de 30 de mayo de 2012).

Las Facultades de Ciencias Médicas y de la Salud de las universidades y escuelas politécnicas que se acojan al proceso de homologación del ejercicio profesional de los especialistas médicos de hecho, en el marco de las resoluciones precedentes, deberán, en un plazo máximo de sesenta (60) días laborables, expedir una normativa para la aplicación de dichas resoluciones, la que debe incluir obligatoriamente las modalidad del trabajo de titulación en el programa de especialización que guarde relación con el carácter del programa específico, misma que debe ser remitida al Consejo de Educación Superior para su aprobación.

La Comisión Permanente para Temas de Salud del CES señaló que la aprobación de estas dos resoluciones aportan de forma importante para el cierre de brechas profesionales en especializaciones médicas en el Sistema Nacional de Salud, priorizando a la Red Pública Integral de Salud.

EcuadorUniversitario.Com

CES aprueba 38 proyectos de carreras de nivel técnico, tecnológico y equivalentes

Luego de conocer y analizar el informe de la a Comisión Permanente de Institutos y Conservatorios Superiores, el Consejo de Educación Superior (CES), aprobó 38 proyectos de carreras de nivel técnico, tecnológico y equivalentes, 37 de ellos pertenecientes a instituciones de educación superior públicas, y 1 proyecto de IES particular. Este proyecto fue aprobado por unanimidad.

Entre las carreras aprobadas están: Desarrollo de Software, Electromecánica, Electrónica, Mecánica Industrial, Procesamiento de Alimentos, Turismo, entre otras de interés nacional.

Por otro lado, el Pleno del CES aprobó una Reforma al Reglamento de Régimen Académico que permite que técnicos y tecnólogos de Institutos Pedagógicos, Conservatorios de Música y Arte puedan homologar la totalidad de sus asignaturas en carreras de tercer nivel hasta el 31 de diciembre de 2019, ampliando el plazo que vencía el 12 de octubre de 2017.

Estas dos importantes resoluciones de alto interés para el Sistema de Educación Superior del Ecuador fueron aprobadas el miércoles 22 de marzo de 2017, durante la Décima Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo de Educación Superior (CES), que estuvo presidida por el Dr. Enrique Santos.

EcuadorUniversitario.Com

UNAE y la Universidad de Barcelona ofrecerán Maestría on-line en Educación

Esta Maestría en Educación es la primera que se aprueba para la Universidad Nacional de Educación (UNAE), siendo importante destacar que se realizará bajo la modalidad de estudios en línea. El Convenio permitirá hacer uso de la plataforma virtual de la Universidad de Barcelona (España).

El título que otorgue será de Magíster en Educación en cuatro menciones: Orientación Educativa; Enseñanza de la Lengua y Literatura; Enseñanza de la Geografía e Historia y Enseñanza de la Matemática.

La duración de la Maestría será de cuatro semestres, en los que se incluye la unidad de titulación. Este programa está dirigido básicamente a las maestras y maestros de nuestro país, deseosos de ampliar y profundizar sus conocimientos, así como de manejar sus metodologías de organización del aprendizaje.

El Consejo de Educación Superior lo aprueba

En la novena sesión ordinaria del Pleno del Consejo de Educación Superior (CES) de este año, realizada el miércoles 15 de marzo, se resolvió aprobar el Proyecto de Maestría en Educación, presentado por la Universidad Nacional de Educación (UNAE), en convenio con la Universidad de Barcelona (UB), para la utilización de la plataforma virtual y la doble titulación.

La Comisión Permanente de Posgrados del CES, luego de revisar y analizar el proyecto, así como el Informe Técnico elaborado por la Secretaría de Educación Superior Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), recomendó al Pleno de este Consejo su respectiva aprobación.

EcuadorUniversitario.Com

Avanza proceso de mejoramiento de la Universidad Técnica de Cotopaxi

Cumpliendo con el cronograma establecido en el Plan de Excelencia para la Universidad Técnica de Cotopaxi (UTC), miembros de la Comisión Interventora y de Fortalecimiento Institucional (CIFI) realizaron una visita técnica a la Extensión La Maná.
Durante las jornadas desarrolladas con las autoridades principales de la UTC, se cumplieron varias actividades planificadas dentro el Plan aprobado por el Pleno del Consejo de Educación Superior (CES), y en ejecución desde el pasado 18 de enero.

Los miembros académico, administrativo y jurídico de la CIFI mantuvieron reuniones de trabajo con la Vicerrectora Académica de la Universidad, M.Sc. Idalia Pacheco, y los coordinadores de las carreras de Ciencias de la Educación Mención Educación Básica; Ingeniería Agronómica; Ingeniería de Ecoturismo; Ingeniería Comercial; Ingeniería en Contabilidad y Auditoría; Ingeniería en Electromecánica; e, Ingeniería en Informática y Sistemas Computacionales, en las que se obtuvo un aporte productivo de la participación de los docentes.

En este contexto, dentro de las acciones establecidas en el Plan, se determinó información relevante para avanzar en el cumplimiento de metas e indicadores, como: revisión del número de estudiantes por carrera, titulación, correspondencia docente, distributivos académicos y número de estudiantes por titularse; así como también, el establecimiento del número de estudiantes titulados, número de docentes por ciclo académico y número de docentes que se requiere para el próximo periodo.

También se verificó la carga horaria asignada por docente y se determinó la correspondencia del título de cuarto nivel de los profesores con la o las asignaturas que imparte, así como los requerimientos de docentes por carrera para el nuevo concurso de méritos y oposición, previsto para este año.

También se contó con la participación de los estudiantes de las diferentes carreras de la Extensión, a través de encuestas aplicadas para verificar el proceso de planificación, ejecución y evaluación de enseñanza-aprendizaje; verificar la ejecución y cumplimiento de sílabos; y, obtener información relacionada con la asistencia docente al cumplimiento de la gratuidad.

Como último punto de la agenda, se llevó a cabo una reunión plenaria con los docentes y autoridades de la Universidad en donde se analizó la información obtenida durante estos días de visita. También se resolvieron inquietudes respecto a la apertura de nuevos programas de maestría y la necesidad de mejorar la infraestructura de los tres bloques de la Extensión La Maná.

Al finalizar la reunión, el Presidente de la CIFI agradeció la apertura y apoyo brindado a la Comisión para que el proceso de intervención culmine con éxito durante este periodo de acompañamiento para la próxima evaluación de re acreditación de la UTC.

EcuadorUniversitario.Com

ULEAM fue sede del Taller: “Implementación de las Carreras Aprobadas en el Marco del Reglamento del Régimen Académico”.

La Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí (ULEAM), fue escogida por el Consejo de Educación Superior (CES), para que las Universidades del Ecuador compartan su experiencia a través del taller “Implementación de las Carreras Aprobadas en el Marco del Reglamento del Régimen Académico”.

Vicerrectores Académicos, Directores Generales Académicos, Decanos, Sub decanos, Coordinadores de Carreras y delegados de las Universidades Técnica Luis Vargas Torres, de Esmeraldas, Laica Eloy Alfaro de Manabí, Técnica de Manabí, Estatal del Sur de Manabí, Escuela Politécnica Agropecuaria de Manabí, Estatal Península de Santa Elena, Técnica Estatal de Quevedo y Técnica de Babahoyo, estuvieron presente en este importante evento académico.

La Dra. Carmita Alvares Santana, Consejera del Consejo de Educación Superior y Miembro de la Comisión de Universidades y Escuelas Politécnicas inauguró el acto destacando que el CES se encuentra en una etapa de acercamiento territorial en cada una de las universidades. Dijo que se ha querido iniciar con un encuentro en la ULEAM, para poder hablar aspectos relacionados con la implementación de los diseños curriculares que han sido aprobados, estableciendo nuevos mecanismos para estos procesos.

La Dra. Lineth Fernández, Consejera del CES y Miembro de la Comisión de Universidades y Escuelas Politécnicas, por su parte, expresó: “ El objetivo de este tallar es competir la experiencia que han tenido las Universidades Técnica del Norte, La Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL) y la Universidad Central del Ecuador, en cuanto a la implementación del reglamento de Régimen Académico, referente al rediseño de cada una de las carreras y la etapa de transición que han tenido entre los modelos anteriores y los de ahora acordes a la propuestas organizativas, a la propuestas curricular tecnológica y de infraestructura en cada uno de los modelos y carreras que se están presentando”.

Además de las exposiciones se realizaron mesas de trabajo cuyas conclusiones promueven encontrar acuerdos para que las universidades manejen sus procesos académicos, teniendo como referencia las experiencias de otras universidades que ya han implementado sus diseños curriculares y estrategias.

EcuadorUniversitario.Com

Explican Plan de Excelencia para la Universidad Técnica de Cotopaxi (UTC)

Un comunicado oficial de la Comisión Interventora y Fortalecimiento Institucional de la Universidad Técnica de Cotopaxi (UTC) expresa: “El Plan de Excelencia Universitaria no tiene mucha diferencia con el Plan Estratégico y de Desarrollo Institucional (PEDI) 2016 – 2020 de la Universidad. Se asemeja, al menos, en un 70%”.

De acuerdo al informe del CEAACES la UTC no cumple los mínimos parámetros de acreditación, lo que determina su situación de “irregularidad académica”, y que tiene repercusión en términos de calidad en la educación superior. Como resultado del proceso de evaluación, la Universidad Técnica Cotopaxi obtiene una valoración global de 34,91% (sobre 100%).

La Consejera Académica del CES, Dra. Carmita Álvarez, en una entrevista realizada por TV Color-Canal 36 el pasado martes 14 de febrero, manifestó que “el PEDI corresponde a una planificación para 4 años y que el Plan de Excelencia Universitaria es para 10 meses (enero a noviembre de 2017), con miras a que en el 2018 la Universidad esté plenamente fortalecida para el proceso de evaluación institucional”.

Asimismo, sobre el señalamiento del Rector de la UTC “el Plan se asemeja, al menos, en un 70%”, explicó que significa lo que la Universidad ha planificado para 4 años. “Ese porcentaje de similitud se cumplirá en su gran mayoría en 10 meses, sentando las bases para que la UTC continúe al término de la intervención, completado la ejecución de su PEDI”, agregó.

Del mismo modo, aclaró a la ciudadanía que intervenir no significa que se cerrará a la Universidad; al contrario, enfatizó que la Comisión Interventora y de Fortalecimiento Institucional (CIFI) ha venido realizando un acompañamiento integral para que se mejore varios aspectos que apuntan a alcanzar la excelencia en la UTC, en términos de calidad en la educación superior.

La intervención tampoco suspende el funcionamiento de la Universidad, puesto que su objetivo es elevar la capacidad de gestión institucional a través de la normalización de sus procesos académicos y administrativos – financieros, evitando perjuicios a la comunidad universitaria.

“Quizá muchas de las cosas que se encuentran contempladas en el Plan de Excelencia no puedan cumplirse porque todo demanda de un presupuesto, y lamentablemente en la UTC siempre ha sido limitado e insuficiente ante las múltiples necesidades que tiene la educación superior en la Universidad”.

Es necesario aclarar que el Plan de Excelencia fue contemplado en función de la realidad presupuestaria institucional (USD. 17.921.278,00), y al ser un presupuesto prorrogado es exactamente el mismo que el del año anterior. Por lo tanto, todas las acciones que están establecidas se ajustan al presupuesto de la Universidad. Es decir, que la ejecución del Plan se aplicará con el presupuesto vigente de la UTC para el 2017.

La Consejera Académica reiteró, durante su entrevista, que el presupuesto es una competencia de la UTC, no de la CIFI, por lo que la Universidad debería priorizar y optimizar su presupuesto para el equipamiento de laboratorios, talleres o a la implementación del campus universitario, así como trabajar para mejorar su acceso a un nuevo presupuesto en función del cumplimiento de indicadores de calidad. También manifestó que la UTC ha brindado todo el apoyo para el proceso de intervención. “Nosotros no venimos a suplir el rol del Rector, él sigue siendo el responsable y representante legal de la Universidad”, recalcó.

Además, indicó que la Universidad debe hacer un análisis minucioso de la distribución de sus recursos y la calidad del gasto, considerando que es una universidad técnica. Por ejemplo, a la fecha la UTC ha priorizado becas para estudios de PhD. para la formación docente en áreas administrativas o educativas, más que en áreas técnicas.

En el Plan de Excelencia se ha establecido 26 acciones que responden a actividades de seguimiento y propuestas de mejoramiento académico, administrativo y jurídico a ser aplicados por la Universidad. Alrededor del 73% de las acciones no tendrían impacto presupuestario, pues se constituyen en documentos de propuestas de mejoras para resolver los problemas evidenciados en las causales de intervención, así como del informe de recategorización emitido por el CEAACES.

Mientras que solo el 27% de las metas del Plan requieren recursos para su implementación, tales como: sistema informático para admisión; becas docentes; concurso de méritos y oposición; publicaciones; vinculación; investigación; y, recategorización del personal académico, son rubros que la Universidad debe reestructurar de ser necesario en su presupuesto.

Se informa que el Plan de Excelencia ha priorizado las actividades académicas para el cumplimiento de las metas previstas, basados en estándares de calidad. Por esto, una de las acciones establecidas y fundamental para el fortalecimiento institucional es la convocatoria a Concurso de Méritos y Oposición que impacta en el mejoramiento del indicador del personal titular en la UTC. El número de concursos ha sido planificado y estará enfocado en las necesidades institucionales y de pertinencia académica.

“La contratación de docentes con título de PhD. para llegar al 55% establecido en el Plan, le costaría a la UTC alrededor de 1 millón de dólares al año, recursos con lo que no cuenta la Universidad”.

La UTC cuenta con el 12.01% de PhD. a tiempo completo, lo que dista del estándar considerado por el Modelo de Evaluación Institucional del CEAACES que es del 55%. Considerando las áreas a las que se encuentran vinculados los PhD., el 29% está vinculado a las ciencias técnicas, directamente relacionado con las carreras de ingeniería. El 25% tiene que ver con las áreas pedagógicas y carreras de licenciatura. Otras áreas se vinculan a las ciencias agrarias y de la vida (24%).

Un estándar identificado por el CEAACES, en su modelo de evaluación institucional, plantea un índice de 0.8 (quiere decir que de cada 10 docentes que no poseen título de PhD., 8 tienen que estar en programa para alcanzarlo). En el caso del periodo evaluado, la UTC presenta un índice de 0.19 (es decir, de cada 10 docentes sin título de PhD. casi 2 docentes se encuentran en el plan de posgrado en formación).

Una medida para solventar la falta de PhD. se encuentra en el programa de posgrado en formación. En este sentido, la UTC cuenta con una debilidad concerniente a la cantidad de docentes sin título de PhD. que se encuentran en el claustro.

La Consejera del CES indicó al medio de comunicación que se ha realizado acuerdos con la Senescyt para que se asignen becas a los docentes de la UTC de tal forma que esto no implique un involucramiento del presupuesto de la Universidad, es decir que se incremente el indicador sin impacto al presupuesto.

Finalmente, sobre los programas de posgrados, la Consejera del CES puntualizó que la Universidad cuenta con todo el apoyo del CES, a través de la CIFI, para que se siga ofertando posgrados para la ciudadanía.

EcuadorUniversitario.Com

UNL presenta cronograma para elegir el Consejo Académico Superior

A través de la Medida Urgente No. 140 del 6 de febrero de 2017, la Comisión Interventora y de Fortalecimiento Institucional (CIFI) de la Universidad Nacional de Loja (UNL), resolvió disponer el inicio y realización del proceso para elegir a los integrantes del cogobierno del Consejo Académico Superior: Profesores, estudiantes, graduados, empleados y trabajadores de esta institución de educación superior.

El art. 1 de la medida menciona que se elegirán a:

. Ocho representantes por los profesores de la UNL, con dos suplentes cada uno.
. Dos representantes de los estudiantes de la UNL, cada uno con dos suplentes.
. Un representante por los graduados en la institución, con dos suplentes.
. Un representante por los empleados y trabajadores de la Institución, con dos suplentes.

CRONOGRAMA DE ELECCIONES

– Convocatoria a elecciones: de febrero de 2017
– Publicación del padrón electoral de profesores, administrativos, trabajadores y estudiantes: Hasta el 11 de febrero de
2017
– Empadronamiento de graduados: Hasta el 12 de febrero de 2017
– Publicación del padrón electoral de graduados: El 13 de febrero de 2017
– Inscripción de candidaturas: Hasta el 15 de febrero de 2017
– Calificación de candidaturas: Hasta el 16 de febrero de 2017
– Campaña: Desde el 17 al 21 de febrero de 2017
– Elecciones: 23 de febrero de 2017
– Posesión de los miembros del CAS: 2 de marzo de 2017

El documento completo de la Medida Urgente No.140 se encuentra disponible aquí: http://unl.edu.ec/sites/default/files/contenido/transparencia/mu140-2.pdf

EcuadorUniversitario.Com

CES socializa norma técnica para la formación en especializaciones médicas y odontológicas

La Comisión Permanente de Salud del Consejo de Educación Superior (CES), desarrolló en las instalaciones de la Facultad de Medicina de la Universidad de Guayaquil, un taller participativo de socialización sobre la Norma Técnica para la Formación en Especializaciones Médicas y Odontológicas.

El miércoles 01 de febrero de 2017, durante la Cuarta Sesión Ordinaria del Pleno del CES, fue examinada la normativa en primer debate. Según explicó el Presidente de la Comisión Permanente de Salud, Fander Falconí, el instructivo legal tiene como objetivo principal “regular los programas de especializaciones y de postgrados, homologar las categorías, y definir los ámbitos de acción en la formación de los médicos y odontólogos del país”.

La norma antes mencionada ha sido elaborada interinstitucionalmente con el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES), el Ministerio de Salud Pública (MSP), la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) y con las universidades relacionadas al campo de la salud.

Esta norma tiene como objeto regular el proceso formativo de los médicos y odontólogos que accedan a programas de especializaciones médicas u odontológicas en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) y el Reglamento de Régimen Académico. Una vez aprobada se aplicará en todas las Universidades y Escuelas Politécnicas del país que oferten este tipo de programas.

Para el Presidente del CES, Dr. Enrique Santos, este es el resultado de un trabajo en conjunto con facultades de medicina, odontología, el Ministerio de Salud y la SENESCYT, que ha permitido pulir esta herramienta jurídica a lo largo de dos años.

EcuadorUniversitario.Com